- ADF International interviene ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en casos que cuestionan las prohibiciones generales de culto en Croacia y Grecia
- El fallo se produce tras las sentencias que defienden el derecho de culto en Escocia, Suiza y Chile
ESTRASBURGO (12 de octubre de 2021) – ¿Es legal que un gobierno prohíba completamente el culto público en nombre de la protección de la salud pública? El Tribunal Europeo de Derechos Humanos se pronunciará sobre esta cuestión en relación con las prohibiciones impuestas en Grecia y Croacia durante 2020.
“La libertad de religión y de creencias es un derecho humano que debe recibir la máxima protección. Esto incluye el derecho a manifestar la propia fe en público. Este derecho está protegido por la legislación europea, pero a lo largo de la pandemia hemos visto cómo múltiples gobiernos de toda Europa imponían prohibiciones desproporcionadas a la apertura de lugares de culto. No hay razón para que las autoridades no puedan encontrar soluciones que protejan tanto la salud pública como el culto comunitario. Para las personas de fe, celebrar el culto en comunidad puede ser tan importante como recibir alimentos y agua. Esperamos que el Tribunal Europeo defienda los derechos de todas las personas a vivir su fe como se ha visto en Escocia, Suiza y otros lugares”, dijo Robert Clarke, director adjunto (defensa legal) de ADF International.
Una tendencia mundial: prohibiciones de culto desproporcionadas declaradas “ilegales”
El grupo de derechos humanos ADF International ha apoyado recursos legales similares contra las prohibiciones generales de culto en toda Europa, África y América Latina.
“Celebramos que los gobiernos hayan reabierto las iglesias en todo el mundo. Pero los retos legales a las prohibiciones de culto siguen siendo importantes. Los tribunales tienen ahora la oportunidad de garantizar que la comunidad no vuelva a verse privada del acceso a un lugar donde reunirse con Dios y atender a los que sufren en un momento de necesidad”, explicó Clarke.
En marzo, el máximo tribunal civil de Escocia dictaminó que la prohibición general del culto público era ilegal. El recurso fue presentado con éxito por 27 líderes religiosos y un sacerdote de Glasgow, el canónigo Tom White. La decisión escocesa afirmó que cualquier restricción de las libertades fundamentales debe ser necesaria y proporcionada. En noviembre de 2020, los principales asesores médicos y científicos de Westminster habían admitido que las pruebas para el cierre de iglesias eran “anecdóticas” en el mejor de los casos y “no se basaban en hechos científicos”.
Un día después de la sentencia escocesa del mes de marzo, la Corte Suprema chilena dictaminó por unanimidad que las restricciones de la COVID-19 se han aplicado de forma discriminatoria contra los creyentes en Chile. El histórico fallo reconoció que la libertad de religión es un derecho humano que no puede suspenderse así como así.
Los tribunales decidirán sobre la apelación a la prohibición del culto en Irlanda, Uganda y Sudáfrica
Se están tomando en este momento medidas legales en Uganda donde ADF International está apoyando las denuncias presentadas por una alianza de representantes de la fe católica, evangélica y musulmana junto a miembros del parlamento. A lo largo del verano se permitió la apertura de centros comerciales y salones de juego, mientras que las iglesias no lo hicieron.
Un desafío similar está también pendiente ante el tribunal en Irlanda, donde durante casi un año se criminalizó a los creyentes por asistir al culto público. Salir de casa para asistir a un servicio de culto podía acarrear una multa o una pena de hasta seis meses de cárcel. Para saber más, visite www.letusworship.global/ireland.